Tu equipo

Beneficios por antigüedad y días festivos

Lo que tu empresa da de más que la ley —vacaciones, aguinaldo y prima vacacional por años de servicio— y los días que tu equipo descansa con goce. Qué pasa al subirlo, al bajarlo y al corregirlo.

Paranegocios con equipo en México

Revisado el 25 de septiembre de 2026

En corto

  • Todo vive en Ajustes › Políticas. La tabla la cambia sólo el dueño; los días festivos, el dueño y la administración.
  • Una celda en blanco es lo de ley, y por debajo de la ley no se guarda nada.
  • Lo ya asentado no cambia nunca: los días que ya entraron al libro de vacaciones, los finiquitos y las constancias emitidas se quedan como están.
  • Bajar algo pide decidir a quién le aplica, con el riesgo legal por escrito delante. Subir no pide nada: le llega a todos solo.
  • Un festivo de la empresa es descanso con goce: no se descuenta de las vacaciones y quien no va ese día no falta.

Quién la ve y quién la cambia

La página aparece en los negocios de México que tienen equipo. En los restaurantes no: ahí el equipo de la agenda son las mesas.

  • La tabla de beneficios la cambia sólo el dueño de la cuenta. Lo que da crea obligaciones que después no se pueden quitar, así que la administración la ve, pero no la toca.
  • Los días festivos los añaden y los quitan el dueño y la administración.
  • El equipo no entra: lo suyo lo ve en su saldo de vacaciones y en su constancia.

La tabla sólo le aplica a quien tiene ficha laboral. Si alguien no la tiene, la página te lo dice arriba con un enlace para completarla; mientras tanto le toca la ley, y su saldo sale como provisional.

La tabla: lo que das de más que la ley

Cada fila dice «Al cumplir N años» y tres cosas: días de vacaciones, días de aguinaldo y el porcentaje de prima vacacional. Una fila rige desde su año hasta el año antes de la siguiente, y después de la última se queda esa —o la ley, si pide más—.

Una celda en blanco es lo de ley, y cada columna vale siempre lo mayor entre tu tabla y la ley. Por debajo de la ley no se guarda: es lo que le sale mal a otros, cuando la tabla dice 10 y la constancia dice 12 y nadie sabe cuál vale.

QuéEl piso de ley
Vacaciones12 días el primer año, y suben con los años (art. 76). «Ver la tabla de ley» la enseña completa.
Prima vacacional25 % de los días de vacaciones (art. 80)
Aguinaldo15 días de salario al año (art. 87)
Menores de 18 añosAl menos 18 días de vacaciones (art. 179)

Mientras escribes, «Así queda» enseña lo que le tocaría a cada quien en su próximo aniversario. Un aguinaldo de más de 30 días o una prima de más de 100 % se guardan, pero antes se pregunta: suele ser un cero de más.

A quién le aplica

Tiempo completo y por turno (el guardia de 12x24 o 24x24) siempre llevan la tabla. Medio tiempo y por hora se pueden dejar fuera; a quien dejes fuera le toca la ley, nunca menos. Honorarios, prácticas y socios no tienen relación laboral: no les toca ni la ley ni la tabla.

Lo que ya dabas antes

Si antes de la tabla tenías una prima vacacional para toda la empresa o días que se sumaban a la ley, el editor nace con eso escrito. Quien ya trabajaba contigo el día que publicas la primera tabla lo conserva, aunque esa primera tabla lleve una fecha de antes.

Desde cuándo cuenta

Cada versión se publica con su fecha: hoy o después —el 1 de enero, si así lo decides—, y a lo más dieciocho meses adelante. Más lejos es casi siempre un error de dedo (2062 por 2026), y uno que no tiene arreglo: cualquier cambio después tendría que ser posterior a esa fecha.

Una versión nueva le aplica a cada quien desde su próximo aniversario. El año de servicio que ya nació en el libro se queda con lo que tenía.

Si ya dabas tu tabla antes de Spequio

La primera versión puede llevar una fecha pasada: pones desde cuándo la das. Los años que todavía no están en el libro salen con ella. Los que ya se asentaron con lo de ley aparecen debajo de la tabla, con «Subir los años ya asentados»: te dice a quién, qué año y cuántos días, y al confirmar entra un ajuste firmado por ti. Sólo hacia arriba.

«Subir los años ya asentados» no ve los ajustes que hayas hecho a mano en el perfil de cada persona. Si ya subiste alguno así, revísalo antes para no darlo dos veces.

Bajar algo, o apagar la tabla

Subir no pide nada: por la regla de «lo mayor», le llega a todos solo. Bajar cualquier cosa —un año, una columna, una jornada— o apagar la tabla abre un paso más antes de guardar, con tres opciones:

  • Sólo a quien entre después. Quien ya trabaja contigo conserva lo que tenía: son derechos adquiridos. Es la opción sin riesgo.
  • A todos, con aviso. Le aplica a cada quien desde su próximo aniversario en la fecha de la versión o después. A cada persona a la que le baje algo le llega un mensaje que le dice qué cambia y desde qué aniversario.
  • A todos, sin aviso. Igual, sin mandar nada.

Antes de confirmar cualquiera de las dos de «a todos», la pantalla te dice a quién le baja algo y en qué aniversario, y el riesgo: bajar prestaciones que ya dabas se puede reclamar ante una junta (arts. 5 fracción XIII, 33 y 57 LFT). Es un aviso, no un impedimento; revísalo con tu abogado.

Hasta ese aniversario cuenta lo de antes: si alguien se va en medio, lo proporcional de sus vacaciones y de su aguinaldo se cuenta con lo que regía, y lo que corrió antes del cambio no se vuelve a contar a la baja.

Si tu negocio no puede mandar mensajes al equipo (no tiene número, o el bot de Telegram no está conectado), no sale ninguno y te lo dice antes de confirmar. Al terminar ves a quién no le llegó, y por qué, para que se lo digas en persona.

Corregir un error de captura

«Corregir un error de captura» reescribe la versión vigente como si nunca hubiera dicho otra cosa. Se puede mientras nadie haya cumplido un año con las celdas que cambias y no se haya emitido una constancia con ellas. Después, un error se arregla publicando otra versión: lo que ya se dio no se desdice.

Corregir no mueve la fecha de la versión, sólo lo que dice. Por eso la fecha tiene tope.

Los días festivos

Los de ley (art. 74) salen solos cada año y no se pueden quitar. Aquí añades los que da la empresa: un día o varios seguidos (hasta 31), que se dan una vez, cada año en la misma fecha, o cada año con la Semana Santa.

  • Son descanso con goce. No se descuentan de las vacaciones, y quien no va ese día no falta.
  • Las vacaciones ya aprobadas se vuelven a contar solas: a quien tenía vacaciones ese día se le devuelve, y la pantalla te dice a quién. Si algo falla, se reintenta en la próxima hora.
  • Los turnos no se cancelan. Al añadirlo te dice cuántos hay esos días; quien lo trabaje sale en la prenómina en «Días de la empresa trabajados».
  • Se añaden antes. Una fecha que ya pasó ya se usó en las vacaciones y en la prenómina.

Quitarlo

Uno que nunca se ha dado se borra, que es como se arregla un error de captura. Uno que ya se dio deja de darse desde el primer año que no ha empezado, y los años anteriores se quedan. Si alguien tenía vacaciones esos días, se le vuelven a contar; a quien volvió antes de sus vacaciones no se le vuelve a contar un día que ya trabaja.

Un festivo no es una excepción de la agenda. La excepción sólo dice cuándo se puede reservar; el festivo dice que tu equipo descansa con goce. Si ese día además cierras, ponle también su excepción en Ajustes › Horarios y reglas. Cerrar y descontarlo de las vacaciones de cada quien (vacaciones colectivas) es otra cosa, y todavía no está aquí.